Verificada la entrega de la suma antes elencada; y en consecuencia cumplida la sentencia proferida por este Tribunal en fecha 28 de junio de 2004, en lo que respecta al monto de la condena, resultará forzoso para este Tribunal decretar la suspensión de la medida acordada por este Juzgado en fecha 02 de octubre del 2001, mediante la cual prohibió a la parte demandada ciudadana: MARIA EUGENIA CORDOVA, titular de la cédula de identidad No. V- 9.994.666, enajenar y gravar el inmueble distinguido con el Nº 0404, piso Nº 4, del Bloque 17, Edificio 01, ubicado en la urbanización Pariata de la Parroquia Maiquetía, del Estado Vargas, el cual tienen una superficie aproximada de CINCUENTA METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y CUATRO DECIMETROS CUADRADOS (50,44 Mtrs2), alinderado por el NORTE: Con fachada norte del edificio; SUR: Con fachada sur del edificio; ESTE: Con fachada este del edificio y OESTE: Con pared que da al apartamento 0403, dicho inmueble se encuentra registrado ante esa Oficina Subalt.....