Se DECLARA: PRIMERO: HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN efectuada por la ciudadana AMALIA MOLINA DE GARRIDO, representada por el profesional del derecho HÉCTOR DE JESÚS PÉREZ, PARTE DEMANDADA, por una parte, y por la otra, los ciudadanos JOSE MIGUEL ROMERO ROCHE y CARMEN ELEIDA MARTÍNEZ, parte actora, debidamente asistidos por el profesional del derecho ANGEL PEREIRA, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 111.232, en los términos contenidos en la misma; teniéndose como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada de conformidad con lo previsto en el artículo 255 del código de procedimiento civil. Así se establece.