Vista la anterior solicitud presentada personalmente por el ciudadano: JESÚS CORDERO MONTOYA titular de la cédula de identidad No. V- 6.487.221, debidamente asistido por el Dr. ERICK PEÑA abogado en ejercicio e Inpreabogado No. 52113, mediante la cual solicitó copia certificada mecanografiada del documento registrado ante este Juzgado en los Asientos Nos. 29, del Libro Diario, Tomo IV, cursante en los folios 297 vto, de fecha (27) de julio de mil novecientos ochenta y siete(1987), para lo cual juró la urgencia del caso y solicitó la habilitación del tiempo necesario, el Tribunal jurada como ha sido la urgencia del caso, acuerda de conformidad y habilita todo el tiempo necesario para esta actuación, en consecuencia, se ordena la expedición de la copia mecanografiada certificada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.-