SE DICTA SENTENCIA MEDIANTE EL CUAL SE DECLARA SIN LUGAR la presente acción INTERDICTAL DE AMPARO, incoada por los ciudadanos ALFREDO JOSE SOTO VALERA y JOSE DEL CARMEN SOTO VALERA titulares de las cédulas de identidad Nros V6.318.961 y V-11.613.709 en su carácter de Presidente y Vicepresidente de la Sociedad Mercantil Centro Cauchos Aeropuertos C.A contra la Sociedad Mercantil Inversiones Aservia C.A., Inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo del Distrito Capital del estado Miranda en fecha 07/09/1994, en virtud de la ausencia absoluta de elementos de convicción, certeza o alguna presunción grave sobre la perturbación alegado por la parte querellante, tal y como lo exige el artículo 782 del Código Civil en concordancia con el artículo 700 del Código de Procedimiento Civil.