SE DICTA SENTENCIA Y SE considera PROCEDENTE la conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos de los ciudadanos: CARLOS ANTONIO PADRON RASQUIRE Y MAYLEN YUBIRI ROMERO PALACIOS, Venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nros. 6.476.344 y 6.993.236, respectivamente, y así se decide; en consecuencia se declara DISUELTO el vínculo conyugal que los unía, contraído el día 26 de agosto de 2003, por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Catia la Mar, del Municipio Vargas del Estado Vargas.