SE DICTA SENTENCIA Y SE declara: CON LUGAR la solicitud de divorcio y en consecuencia DISUELTO el vínculo matrimonial que unía a los ciudadanos ALAN JOSE RIVERO NUÑEZ y TAHINA CARINA GARCIA PEÑA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, cónyuges y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-13.375.870 y V-13.828.446, respectivamente, contraído el día 22/05/1997, por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Maiquetía, Municipio Vargas del Estado Vargas.