Por las consideraciones que anteceden este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario del Circuito Civil de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, Administrando Justicia, en Nombre de la República y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la Demanda de Divorcio incoada por la ciudadana: OMAIRA DEL VALLE FARIAS DE RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, de éste domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° V-6.478.794 en contra del ciudadano RAÚL ANTONIO RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº V-7.999.086, y por consiguiente, se declara DISUELTO el vínculo matrimonial que los unía, contraído el día 07 de marzo de 2008, ante el Registro Civil de la Parroquia Maiquetía, del estado Vargas.