PRIMERO: SIN LUGAR la demanda de cumplimiento de contrato, incoada por la ciudadana Dayana del Valle Astudillo Sánchez, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad nº v-9.993.336, contra la Sociedad Mercantil Seguros Caracas de Liberty Mutual, C.A., inscrita originalmente por ante el Registro de Comercio que llevaba el Juzgado de Primera Instancia en lo Mercantil del Distrito Federal, en fecha 12 y 19 de mayo de 1943, bajo los Nros. 2.134 y 2.193, y la modificación de sus estatutos ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 09 de julio de 1999, quedando inserta bajo el N° 16, tomo 189-A sgdo, inscrita en la Superintendencia de Seguros bajo el N° 13, y en consecuencia, la Compañía Aseguradora queda relevada de su obligación establecida en el contrato de Seguro celebrado con la ciudadana DAYANA ASTUDILLO, en fecha 13 de Junio de 2003, sobre un vehículo identificado con la Marca: Mazda, Modelo: 626NWV.....