En razón de lo anterior este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario del Circuito Judicial Civil de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, vista la inactividad de la parte actora desde 05 de septiembre de 2012, fecha en que fue recibida por Secretaría la comisión proveniente del Juzgado Vigésimo Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, sin que con posterioridad a dicha fecha, la parte actora haya dado impulso a los fines de agotar la citación de la parte accionada, y desde la cual ha transcurrido más de un (01) año hasta la presente fecha, habiendo permanecido la causa paralizada por inercia durante mas de un (01) año, se DECLARA EXTINGUIDA LA INSTANCIA POR HABER OPERADO LA PERENCIÓN. ASÍ SE DECLARA.