Por las consideraciones que anteceden este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario del Circuito Civil de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, Administrando Justicia, en Nombre de la República y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la Demanda de Divorcio incoada por la ciudadana: NAILETH DANIELA GONZALEZ SANABRIA, mayor de edad, de éste domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-20.975.387 en contra del ciudadano FREDDY ROMERO GUILLEN, mayor de edad, de éste domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-18.713.476, y por consiguiente, se declara DISUELTO el vínculo matrimonial que los unía, contraído el día 09 de septiembre de 2011, ante el Registro Civil de la Parroquia Macuto, del estado Vargas.