Por todos los razonamientos antes expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil del Tránsito y Agrario del Circuito Judicial Civil del estado Vargas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Imposibilidad material de ejecutar la sentencia dictada por el Juzgado Superior Civil, Mercantil del Transito del Circuito Judicial Civil del estado Vargas, dados los argumentos esgrimidos en la motivación del presente fallo.
SEGUNDO: Se insta a la parte querellante, impulsar las actuaciones a los fines del cobro de las costas procesales, condenadas por la Sentencia definitivamente firme dictada por el Tribunal Superior, de esta Circunscripción Judicial, con motivo del juicio que nos ocupa. ASÍ SE DECIDE.
TERCERO: Se ordena la notificación de las partes de la presente decisión de conformidad con lo establecido en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 251 eiusdem.
PUBLÍQU.....