Por las razones expuestas este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario del Circuito Judicial del Estado Vargas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley decreta la Conversión en Divorcio de la Separación y Cuerpos y Bienes, existente entre los ciudadanos CARMEN LUCRECIA SALGADO DE ROMERO y CANDELARIO ROMERO, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V- 1.458.181 y 1.453.829, respectivamente, y en consecuencia queda disuelto el vinculo matrimonial que contrajeron por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Macuto, Municipio Vargas del Estado Vargas, en fecha 22 de Marzo de 1963.