el Tribunal las admite las pruebas presentadas por las partres, salvo su apreciación o no en la definitiva, a excepción de la declaración de testigos promovida por el abogado CARLOS SILVA PRINCE en el capitulo IV de su escrito, toda vez que no fue presentada la lista de los que deben declarar, con expresión del domicilio de cada uno, tal y como lo establece el artículo 482 del Código de Procedimiento Civil