SE DICTO AUTO MEDIANTE EL CUAL: Visto el escrito de reforma a la demanda por DESALOJO presentado por el abogado JULIO CESAR GONZALEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 43.975, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana CLEOTILDE SALAZAR viuda de GARCIA, venezolana, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 8.456.023, el Tribunal la ADMITE cuanto ha lugar en derecho, por no ser contraria al orden publico, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la ley. En consecuencia, se ordena la citación de la parte demandada ciudadano ALEX JOSE SALAZAR CHIRINO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° 6.470.639, para que comparezca por ante este Tribunal al segundo (2°) día de despacho siguiente, a la constancia en autos de haberse practicado su citación, a fin de dar contestación a la demanda y su reforma, de conformidad con lo establecido en el artículo 33 del Decreto con Rango y Fuerza de Ley de Arrendamie.....