Por los razonamientos que anteceden este tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la cuestión previa alegada por la parte demandada, contenida en el ordinal 8° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, es decir, que existe en el presente juicio una cuestión prejudicial que influye en la decisión de fondo que debe dictar este tribunal.
SEGUNDO: Que como consecuencia de ello de conformidad con lo preceptuado en el artículo 355 del Código de Procedimiento Civil, este proceso continuara su curso hasta llegar al estado de sentencia, siendo que se paralizará la presente causa hasta que sea resuelta definitivamente la cuestión que se discute en via de jurisdicción penal y una vez consten en autos las resultas correspondientes, se procederá a decidir el fondo de esta controversia.
TERCERA: Dada la naturaleza del presente fallo, no hay especial condenatoria e.....