Se sentenció por el procedimeinto por admisión de los hechos de acuerdo al artículo 583 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente a cumplir la sanción de Libertad Asistida y Reglas de Conductas por el lapso de un (01) año y Servicios a la Comunidad por el lapso de tres (03) meses