DECRETA a los jóvenes IDENTIDADES OMITIDAS, Medidas Cautelares Menos Gravosas conforme al artículo 582 de la LOPNA literales: b) Obligación de someterse al cuidado de sus progenitores, c) presentarse cada ocho (8) días antes este Despacho Judicial, para DANIEL los Martes, para LUIS los Miércoles y para YEFERSON los días Jueves y d) prohibición de salir del Estado Vargas y del Distrito Capital, para garantizar la comparecencia a cualquier acto que convoque este Tribunal, por estar presuntamente incursos en el delito de HURTO AGRAVADO tipificado en el artículo 452 numeral 2do. del Código Penal reformado.