Se acordaron medidas cautelares previstas en el artículo 582 en sus literales b y c, al adolescente imputado identidad omitida, que consisten la B: En Someterse al ciudadano y vigilancia de sus representantes, quienes deberán informar a este Tribunal cualquier irregularidad presentada en la conducta de su hijo y C, que consiste en presentarse a la sede de este Tribunal cada quince (15 ) díasSe acordaron