DISPOSITIVA
Por todos los razonamiento de hecho y derecho antes descritos, este TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL DE LA SECCION DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO DE LA CAUSA a favor de los adolescentes IDENTIDAD OMITIDA de 12 años de edad para el momento en que ocurrieron los hechos, titular de la cedula de identidad Nº V-21.192.162, nacido en fecha 19/06/1991, residenciado en: Urbanización 10 de Marzo, Bloque Morocho, piso 05, letra I, apartamento 516, Parroquia Carlos Soublette, Estado Vargas, y IDENTIDAD OMITIDA, de 15 años de edad para el momento en que ocurrieron los hechos, titular de la cedula de identidad Nº V-18.325.150, nacido en fecha 09/04/1988, residenciado en: Urbanización 10 de Marzo, Bloque Morocho, piso 09, letra I, apartamento 917, Parroquia Carlos Soublette, Estado Vargas, ya que ha transcurrido más de .....