PRIMERO: Se Declara CON LUGAR la solicitud realizada en fecha: 09/09/14 por la Abogado YAMILETH CONTRERAS, defensora Pública Cuarta adscrita a la Coordinación de la Defensa Pública del Estado Vargas, mediante la cual pide la SUSTITUCIÓN de la Medida Cautelar de DETENCIÓN JUDICIAL prevista en el artículo 559 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, impuesta en fecha: 24/08/14 al imputado de autos, adolescente IDENTIDAD OMITIDA, de nacionalidad venezolana, natural de la Guaira, estado Vargas, nacido en fecha 20-05-1997, de 17 años de edad, ACORDANDOSE la SUSTITUCIÓN de la misma por la obligación de presentarse periódicamente, cada Quince (15) días por ante el Tribunal de la causa, a partir del día Martes 16/09/14 a las 09:00 am, de acuerdo a lo previsto en el artículo 582 letra "c" de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
SEGUNDO: Notifíquese a la víctima, y a las partes de la presente decisión.
Regístrese, Publíque.....