En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia Sección Adolescentes del Circuito Judicial del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la república Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Se Declara Incompetente para conocer del presente asunto penal, en razón del Territorio, Declinando la Competencia al Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, todo de conformidad con lo establecido en los artículo Artículos 57 y 77 del Código Orgánico Procesal Penal, trasládese inmediatamente al imputado de autos, Joven adulto identidad omitida,, plenamente identificado ut supra con todo lo actuado al antes referido Tribunal. Cúmplase.-
Regístrese, publíquese, y déjese copia autorizada.
Dada, firmada y sellada, en la ciudad de la Guaira, Estado Vargas, a los Doce (12) días del mes de Diciembre de Dos Mil Doce (2012). Años 202º de la independencia y 15.....