DISPOSITIVA
Con fundamento en lo anteriormente expuesto, este tribunal Primero de Primera Instancia Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, emite los pronunciamientos siguientes:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la solicitud de la defensa en cuanto a la solicitud de NULIDAD de la aprehensión del imputado de autos, por cuanto el hecho ocurrió en fecha 23-08-2014, aproximadamente a las 7:30 horas de la noche, en el sitio denominado Callejón Las Flores parte baja, Barrio Canaima, vía pública, Parroquia Carlos Soublette, y la aprehensión se produce a las 10:30 horas de la noche en el sitio denominado Callejón 10 de Agosto, Montesano, Parroquia Carlos Soublette, verificándose la aprehensión a las 11:30 pm encontrándose dentro del segundo supuesto normativo del artículo 234 del Código Orgánico Procesal Penal, Cuasi-Flagrancia, siendo aplicado correctamente el.....