Por todos los razonamiento antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE CONTROL DE LA SECCION DE ADOLECENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA al joven adulto IDENTIDAD OMITIDA, de nacionalidad venezolana, nacido en La Guaira, en fecha 11-08-1990, de 19 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-20.561.556, hijo de Elizabeth Vásquez (v) y Pedro José Henríquez (v)Gregorio Cova (v), residenciado en Catia la Mar, sector Las Tunitas, barrio San Remo, vía la granja, casa No. 356, cerca de la bodega de la maracucha, teléfono 0416-2071389, Detención Preventiva Judicial prevista en el artículo 559 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, a los fines de asegurar su comparecencia a la Audiencia Preliminar que tiene pendiente y se encuentra fijada para el día 18 de septiembre del 2009 a las 10:30 horas de la mañana, por estar presuntamen.....