DECRETA al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, seguirle un procedimiento ordinario y se le impone Medidas Cautelares Menos Gravosas de las previstas en el artículo 582 de la LOPNA literales c) Obligación de presentarse cada quince (15) días ante este Tribunal, por estar presuntamente involucrado en el delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR previsto en los artículos 5 y 6 ordinales 2° y 3° de la LSRHVA.