Se declara CON LUGAR la precalificación dada a los hechos por el Ministerio Publico en lo que respecta al delito de DISTRIBUCIÒN ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS EN MENOR CUANTÍA, previsto en el articulo 149 de la Ley Orgánica de Drogas; SEGUNDO: Se declara CON LUGAR la solicitud de la Defensa Publica, en relación a la Medida Cautelar a los adolescentes IDENTIDADES OMITIDAS, establecido en el artículo 582, literal "G" de la Ley Orgánica Especial, el cual consiste en la presentación de dos (02) fiadores que devenguen cuarenta (40) unidades Tributarias, para cada uno de los adolescentes, los cuales deberán presentar por ante este despacho constancia de residencia actualizada, constancia policial actualizada, constancia de trabajo, el cual deberá reflejar el salario que devenga, cargo que ocupa; para hacer efectiva la Libertad del referido adolescente imputado; y una vez cumplido con la presentación de fianza se le ordenará la inmediata libertad.