DECISIÓN
Por lo antes expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Función de Control, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por autoridad de la Ley DECRETA el archivo judicial de la presente causa seguida en contra del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, y consecuencialmente el Cese de la Medida Cautelar impuesta, ello de conformidad con lo previsto en el artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente. Notifíquese. Hágase lo conducente.