Se acuerda Medidas cautelar sustitutivas a la privación de Libertad al ciudadano adolescente IDENTIDAD OMITIDA, Venezolano, de 14 años de edad, Titular de la Cedula de Identidad N° V- , a quién se le atribuye la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA Y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los artículos 460 en relación con el 80 y el artículo 278 del Código penal, de conformidad a lo establecido en el artículo 582 literales B, C y F, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. SEGUNDO: Se acuerda seguir el presente caso por la vía del Procedimiento Ordinario de conformidad con el artículo 373 en su último aparte, del Código Orgánico Procesal Penal, por remisión del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.