DECRETA: MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD, al ciudadano adolescente IDENTIDAD OMITIDA, Venezolano, de 17 años de edad, Titular de la Cedula de Identidad N° V- , a quienes se les Imputa la presunta comisión del delito de Robo en la Modalidad de Arrebaton, previsto y sancionado en el artículo 458 ultimo aparte del Código Penal, de conformidad con lo establecido en el Literal B, C y F, del artículo 582 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, asimismo se decreta la Libertad plena de los adolescentes IDENTIDAD OMITIDA venezolano, de 17 años de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° -, Y IDENTIDAD OMITIDA, Venezolano, de 17 años de edad, Titular de la Cedula de Identidad N° V- , de conformidad con lo establecido en el artículo 44 numeral 1° de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela. SEGUNDO: Se ordena seguir la presente causa por la Vía del procedimiento Ordinario de conformidad con lo establecido en el articul.....