D I S P O S I T I V A
En consecuencia, esta Juzgado PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ABSUELVE al joven adolescente IDENTIDAD OMITIDA, titular de la cédula de identidad N° 28.305.549, de nacionalidad venezolano, de 14 años de edad, estado civil soltero, lugar de nacimiento La Guaira, Estado Vargas, fecha de nacimiento 19 de Enero de 1998, hijo de CARLOS DÍAZ (V) Y CRISBER DEL VALLE AGUILERA CEDEÑO (V), teléfono: 0424-284-25-02, quien reside en: El Teleférico, por el dispensario, casa Nº 24 de piedritas, Parroquia Macuto, Estado Vargas, de los cargos formuladas por la Vindicta Pública, a saber: DISTRIBUCION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto en el artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas y HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, previsto en el artículo 406, numeral 1 y el artículo 42.....