En consecuencia, este Juzgado al quedar efectivamente probado que en el juicio oral y reservado seguido a IDENTIDADES OMITIDAS, opero la presunción de inocencia ya que existió ausencia de pruebas de cargos practicados con todas las garantías constitucionales y procesales; es decir hay ausencia de fundamento probatorio de cargo; razón por la cual este Tribunal estima que lo procedente y ajustado a derecho es ABSOLVER al joven acusado de los cargos formulados por la Vindicta Publica, en su escrito acusatorio, a saber: ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Texto Adjetivo Penal, en perjuicio de la ciudadana GONZALEZ RIVAS NAYCLE DANIELA, de conformidad con lo previsto en el artículo 602 literal e) de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; en consecuencia se DECRETA LA LIBERTAD PLENA de los adolescentes, en esta sala de audiencia. Cesan todas las medidas cautelares que pesan en su contra.
Publíquese, regístrese, líbrense boletas d.....