acuerda inhibirse del conocimiento del expediente nomenclatura: WP01-D-2004-000098, en el cual se juzga al adolescente: IDENTIDAD OMITIDA, Titular de la Cedula de Identidad Nº V- 20.558.848, por haber emitido opinión de conformidad con los artículos 86 numeral 7°, 87 y 89 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicados por remisión del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del adolescente.