CONDENA por el procedimiento de Admisión de Hechos, al acusado IDENTIDAD OMITIDA, por encontrarlo penalmente responsable de la comisión del delito de ROBO AGRAVADO en grado de cooperador inmediato, y en consecuencia se le impone como sanción definitiva: LIBERTAD ASISTIDA y REGLAS DE CONDUCTA por el lapso de DOS (2) AÑOS a cumplirlas simultáneamente, conforme a los artículos 626 y 624 ambos de la Ley Penal Juvenil, tomándose en cuenta para las Reglas las sugeridas en capitulo anterior.