Este Juzgado Primero de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Penal del Estado Vargas, (Sección Adolescentes), Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y Por Autoridad de la ley decreta el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida en contra del ciudadano IDENTIDA OMITIDAD, de Nacionalidad Venezolana, natural de Caracas, nacido en fecha 13-11-1987, de 17 años de edad, de estado civil soltero, profesión u oficio trabaja en Kipe ceramica, hijo de JOSE GRAGORIO GUANIPA y CARMEN ELENA ESPAÑA, residenciado en: Brisas de Propatria, Calle, Sucre, Sector Mario Briceño Iragorri, Casa S/N, de color azul claro, caracas Catia, de conformidad con lo establecido en el artículo 615 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas, y Adolescente, en relación con lo establecido en el artículo 318 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 110 del Código Penal, artículos que se aplican por remisión ex.....