D I S P O S T I V A
Por todos los razonamientos antes expresados este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO DE LA SECCIÓN DE RESPONSABILIDAD PENAL DE ADOLESCENTES DE ESTE CIRCUITO JUDICIAL PENAL, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, NIEGA la solicitud de revisión de la medida de prisión preventiva, interpuesta por el Abogado JUAN GUEVARA, en su carácter de Defensor Público Segundo de la sección Adolescentes del estado Vargas, en representación del adolescente IDENTIDAD DESCONOCIDA, en la causa signada con la nomenclatura 1JA-452-13, ello a tenor de lo establecido en la jurisprudencia Nº 468, de fecha 29 de septiembre de 2009, de la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia.
Publíquese, regístrese, líbrense las correspondientes boletas de notificaciones, líbrese traslado y déjese copia de la presente decisión.