DISPOSITIVA
Con fundamento en la motivación precedentemente expuesta, este Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta PRIMERO: Se le impone a los ciudadanos GAZEL PIERRE CLAUDE Y GIL DE DORTA MIRIAM ELENA, la aplicación de las medidas cautelares previstas en el ordinal 3º del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal y en consecuencia deberán presentarse cada TREINTA (30) días ante la Sede del Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, quienes fueron aprehendidos por la presunta comisión del delito USO DE PERMISO DE RESIDENCIA FALSO, previsto y sancionado en el ordinal 3 del artículo 326 del Código Penal. SEGUNDO: Se acuerda proseguir el presente proceso por la vía del procedimiento ORDINARIO, de conformidad con lo establecido en los artículos 280 y último aparte del artículo 373 del Cód.....