Analizadas y estudiadas las actuaciones realizadas en la presente causa se puede evidenciar que los hechos señalados por el representante del Ministerio Público en su escrito acusatorio, como realizado por el ciudadano ORLANDO EVARISTO CASTILLO ROMERO configuran una conducta antijurídica que se subsume dentro del tipo penal del delito de ACTOS LASCIVOS AGRAVADOS, previstos y sancionados el artículo 376 en relación con el artículo 374 ordinal 1° ambos del Código Penal, es por lo que este Tribunal de conformidad con el ordinal 2° del artículo 330 del Código Orgánico Procesal penal, ADMITE en su totalidad la ACUSACION FISCAL, así mismo se ADMITEN las pruebas ofrecidas por el representante del Ministerio, así como las ofrecidas por la defensa para el juicio oral y público por ser legales, pertinentes y necesarias a saber: MINISTERIO PUBLICO: TESTIMONIALES: 1.- Testimonial de los oficiales JOSÉ ANGEL SUAREZ CEDEÑO y JONNY JESÚS RODRÍGUEZ, adscritos a la Policía del Estado Vargas. 2......