DISPOSITIVA:
Sobre la base de los razonamientos anteriormente expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de la defensa, es decir se le concede al ciudadano CURT ALFREDO CHIN-A-LINEN autorización para salir del país por un lapso de una semana, así mismo se le recuerda tanto al imputado como a los fiadores la obligación que tienen de informar al Tribunal inmediatamente regrese, so pena de REVOCATORIA de la medida por incumplimiento, de conformidad con los artículos 262y 264 del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, diaricese, notifiquese y déjese copia.
LA JUEZ PRIMERO DE CONTROL
Dra. ROSALBA MUÑOZ FIALLO
LA SECRETARIA
AB. KARIN MENDEZ