DECRETA LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, de los ciudadanos ORLANDO JOSE MAYORA MAYORA, quien es de nacionalidad venezolano, natural de La Guaira, donde nació el día 06-10-84, de 19 años de edad, de profesión u oficio Obrero, hijo de Fidelina Mayora y Orlando Mayora, estado civil soltero, titular de la Cédula de Identidad N° 19.273.223, residenciado en: Vía Carayaca, sector Araguaney casa N° 84, Parroquia Carayaca, Estado Vargas. Imputado en la presente causa y el ciudadano JOSE ANTONIO VASQUEZ GOMEZ, quien es de nacionalidad venezolano, natural de Caracas, donde nació el día 14-01-84, de 19 años de edad, de profesión u oficio Albañil, hijo de Flor Maria Gómez y José Antonio Vásquez, estado civil soltero, titular de la Cédula de Identidad N° 16.953.268, residenciado en: Vía Carayaca, sector Araguaney casa N° 57, Parroquia Carayaca, Estado Vargasde conformidad con lo establecido en el artículo 250 en relación con los ordinales 2° , 3° y el parágrafo primero del artículo 2.....