En consecuencia, se ordena la apertura del juicio oral y público en la presente causa, seguida en contra del ciudadano JAIME GONZALO NAZCO, por su presunta participación en la perpetración de los delitos de ACOSO U HOSTIGAMIENTO Y ACTOS LASCIVOS, previstos y sancionados en los artículos 40 y 45 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, con el agravante previsto en el artículo 217 de la Ley Orgánica para la protección de niños niñas y adolescentes, con el agravante previsto en el artículo 217 de la Ley Orgánica para la protección de niños niñas y adolescentes.