En consecuencia, este Tribunal de Primera Instancia en Función Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud interpuesta por la Fiscalía Segunda del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial y en consecuencia ACUERDA PRÓRROGA DE 15 DIAS continuos, contados a partir del día 15-08-2011, debiendo la Representación Fiscal presentar el acto conclusivo a mas tardar el día 29-08-2011. Todo de conformidad con lo previsto en el parágrafo único del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal.