Decreta la aplicación del Procedimiento Ordinario contemplado en el artículo 280 y último aparte del artículo 373, del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: DECRETA LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, de los ciudadanos YAMILETH DEL VALLE QUILARQUE, titular de la cédula de Identidad N° 16.309.966, como queda escrito, de nacionalidad Venezolana, Natural de la Guaira, fecha de nacimiento 09-12-76, de 30 años de edad, estado civil soltera, de profesión u oficio del Hogar, hija de Heranglia del Valle Quilarque (V) y Wiliams Capote (V), y residenciada en: Santa Teresa del Tuy calle Santa Rita, parte alta casa 161 frente a la licorería pacheco, y WILLIAMS ALFREDO CAPOTE, titular de la cédula de Identidad N° 5.571.383, como queda escrito, de nacionalidad Venezolano, Natural de la Guaira, fecha de nacimiento 17-02-56, de 51 años de edad, estado civil soltera, de profesión u oficio Maestro de construcción, hijo de América Capote (V) y padre desconocido, y residenciado en: Canaima c.....