Decreta MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA, a los ciudadanos CARLOS EDUARDO COLOMBO VERA, quien es de nacionalidad venezolano, natural de Caracas, donde nació el día 17-12-82, de 20 años de edad, de profesión u oficio Estudiante, estado Civil Soltero, hijo de MELI YULY COLOMBO VERA Y DANIEL CHIRINOS, titular de la cédula de identidad No. V-17.613.134, residenciado: en Puerto Viejo, Residencias Naitilus, piso 11, apartamento 112, Parroquia Catia la Mar, Estado Vargas. y el ciudadano ALEJANDRO COLOMBO VERA, quien es de nacionalidad venezolano, natural de Caracas, donde nació el día 14-01-55, de 48 años de edad, de estado civil Casado, de profesión u oficio Docente, hijo de YOLANDA VERA Y GIUSSEPI COLOMBO, titular del Pasaporte No. 320043, residenciado: en Puerto Viejo, Residencias Naitilus, piso 11, apartamento 112, Parroquia Catia la Mar, Estado Vargas, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 256 ordinales 3º y 4° del Código Orgánico Procesal Penal quienes fueran aprehendidos .....