declara con lugar la solicitud interpuesta por la Fiscalía Tercera del Ministerio Público mediante la cual requirió la inmediata libertad a los ciudadanos JOSE ANTONIO MARCANO LOPEZ, quien es de nacionalidad Venezolano, natural de La Guaira, donde nació el día 13-12-1980, de 22 años de edad, de profesión u oficio chofer, hijo de ANTONIA DE MARCANO Y JESUS RAMON MARCANO GOMEZ, titular de la cédula de identidad No. V-14.312.488, residenciado en: Calle El Tanque, sector Mirabal, casa N° 3, Parroquia Catia la Mar, Estado Vargas y a DIUBAN EDUARDO LOMBANO SUAREZ, quien es de nacionalidad Venezolano, natural de La Guaira, donde nació el día 21-09-81, de 21 años de edad, de profesión u oficio ayudante de chofer, hijo de LUCIA SUAREZ Y DIUBAN LOMBANO, titular de la cédula de identidad No. V-14.769.582, residenciado en: Calle El Tanque, sector Mirabal, casa N° 3, Parroquia Catia la Mar, Estado Vargas, por no estar llenos los extremos del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal