Decreta MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA, al ciudadano GUSTAVO ENRIQUE BERROTERAN URBINA, quien es de nacionalidad venezolano, natural de Caracas, de 28 años de edad, de profesión u oficio Comerciante, hijo de ERAMOS BERROTERAN Y ROSALBA URBINA, titular de la cédula de identidad No. V-11.637.030, residenciado en: Callejón el triunfo, casa Nª 22, El Brillante, Maiquetía., todo de conformidad con lo establecido en el artículo 256 ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal, quien fuera aprehendido en fecha 27 de febrero de 2003,por la presunta comisión del delito de . Estafa Agravada, previsto y sancionado en los artículos 460, 278 y 219 ordinal 1ª del Código Penal.