DISPOSITIVA:
Sobre la base de los razonamientos anteriormente expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud y en consecuencia se DECRETA EL CESE DE LA MEDIDA DE PROTECCION acordada a la ciudadana MARIFER BLANCO ALFONZO (nunca ha cedulado) Y YURIMA DE JESUS FIGUERA CABELLO, cédula de identidad V-6.493.784 y su grupo familiar, en fecha 01 de Junio de 2005, de conformidad con lo previsto en los artículos 19 y 42 de la Ley de Protección de Victimas, Testigos y Demás Sujetos Procesales. Líbrese el respectivo oficio al Órgano de Policía que se le designo el cumplimiento de la Medida de Protección.
Regístrese, diaricese, notifíquese y déjese copia.
LA JUEZ PRIMERO DE CONTROL
Dra. ROSALBA MUÑOZ FIALLO
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