Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, REVOCA LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, que le fuera impuesta por este Juzgado en fecha 15 de Abril de 2005, al ciudadano FRANKLIN RUBEN ROJAS MENDOZA, de nacionalidad Venezolano, natural de la Guaira, nacido en fecha 05-01-1979, 25 años de edad, de estado Civil Soltero, de profesión u oficio Obrero, trabajando por mi cuenta , hijo ZULAY MENDOZA (V) y DE FRANKLIN PEREZ (V) residenciado en Quenepe, parte alta, sector el llanito, La Guaira, titular de la Cédula de Identidad N ° 15.831.873, establecida en el ordinal 3° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, de conformidad con lo previsto en el artículo 262, ordinales 2° y 3° ejusdem, en virtud de su incomparecencia a e.....