ADMITE la ACUSACION FISCAL cambiando la calificación jurídica provisional por la de HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE FRUSTRACION previsto y sancionado en el articulo 407 del Código Penal vigente para el momento de los hechos en concordancia con el articulo 80 ejusdem, así mismo se ADMITE la TOTALIDAD de las pruebas ofrecidas por el representante del Ministerio Público por ser legales, útiles, pertinentes y necesarias.