DISPOSITIVA
Con fundamento en la motivación precedentemente expuesta, el Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Control, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Decreta la aplicación del Procedimiento ABREVIADO contemplado en el artículo 248 y el Ordinal 1º del Artículo 372 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO. DECRETA LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, al ciudadano HENRY MIGUEL GARCIA FRANCISCO de nacionalidad venezolano, natural de Caracas, nacido el 28-08-1985, de 21 años de edad, estado civil Soltero, profesión u oficio : Electricista y Estudiante, hijo de Amparo Francisco Grullón (F) y Henry García, y residenciado en: Avenida Universidad, Esquina Perico, edificio inmaculada, Piso 8, Apto 8-B, Caracas, teléfonos 0412-5588562, de conformidad con lo establecido en el artículo 250 en relación con los ordinales 1° 2°, 3° y del parágrafo Prim.....