En consecuencia, este Tribunal de Primera Instancia en Función Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara parcialmente con lugar la solicitud de la defensa y acuerda sustituir la privación judicial preventiva de libertad decretada en la presente causa al ciudadano BISMAR ANTONIO MONTAÑO GUATACHE, por la medida cautelare sustitutivas contemplada en el numeral 3°. Todo de conformidad con lo dispuesto en los artículos 250, aparte sexto y 256 del Código Orgánico Procesal Penal.