Decreta MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS, al ciudadanos HORACIO RAFAEL CECHINO VASQUEZ, quien es de nacionalidad venezolano, natural de La Guaira, donde nació el día 04-06-63, de 40 años de edad, de profesión u oficio Chofer, hijo de VICTORIA VAZQUEZ y RAFAEL CECHINO, titular de la cédula de identidad No. V-6.483.447, de estado civil casado, residenciado en: La Guaira, quebrada de Cariaco, No. 15, Estado Vargas, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 256 ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal quienes fueran aprehendidos en fecha 28 de septiembre del 2003 por la presunta comisión del delito de OCULTAMIENTO ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto en el artículo 278 del Código Penal.